“OBSERVACIONES A LA LEY DEL 4 DE JUNIO DE 1851 QUE ESTABLECE EL JUICIO POR JURADOS PARA CIERTOS DELITOS QUE DEBEN LEÉRSE CON LA LEY EN LA MANO”

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La presente transcripción y comentario se realiza sobre un documento que constituye una muestra representativa de la cultura jurídica y judicial en torno al Jurado Popular, adquirida en los foros de las localidades en Colombia durante el siglo XIX. El documento es una representación política escrita por Tomas Brito, un abogado de formación, quien la dirigió al Poder Ejecutivo de la Nueva Granada desde Moreno, capital del departamento de Casanare, en 1852. El texto solicitaba la corrección de la ley de Jurados para los delitos penales de robo, hurto y homicidio, sancionada en 1851, y reclamaba que el establecimiento de la institución se realizara sobre toda la justicia criminal ordinaria.