ISSN: 0719-4153
Traducciones
AUTORIDAD Y FLEXIBILIDAD EN LA BUROCRACIA IMPERIAL ESPAÑOLA
La aproximación a la burocracia colonial española es la del “análisis de estándares conflictivos”, propuesto inicialmente por Andrew Gunder Frank. Dada la ambigüedad de metas y el frecuente conflicto entre estándares, no todas las leyes pueden ser cumplidas simultáneamente. La prevalencia de estándares mutuamente conflictivos, que impedía al subordinado ejecutar todos los estándares a la vez, le dio una voz a los subalternos en la toma de decisiones, sin comprometer el control centralizado de sus superiores. Los historiadores tradicionalmente han asumido que la administración española tuvo un conjunto de objetivos totalmente claros y que los estándares de conducta de sus agentes administrativos no fueron mutuamente conflictivos. La hipótesis de estándares-en-conflicto, no obstante, provee una explicación más satisfactoria de la amplia brecha entre la ley y su observancia en el imperio español. Un énfasis particular se da al análisis de elementos de centralización (la residencia y la visita) y a aquellos de descentralización (la fórmula “obedezco pero no cumplo”). Esta aproximación no sólo aplica para la administración hispanoamericana; también puede arrojar luz sobre la estructura y la naturaleza de diferentes tipos de organizaciones burocráticas.
Libertad en la pila bautismal
El 21 de agosto de 1706, Juan Antonio de Arriola entabló una demanda en la Audiencia de Lima, con el objeto de clarificar el estatus legal de su esposa María Albina. Según Juan Antonio, el padrino de María Albina la había libertado en la pila bautismal con el conocimiento y consentimiento de su dueño. Su padrino, don Antonio Caro, había pagado al dueño de María cien pesos por su precio de compra, insistiendo en que no actuaría como su padrino si ella iba a la pila bautismal como esclava. El dueño de María, don Diego Camaño, aceptó los términos de don Antonio y María fue registrada como libre en los libros de bautizos de Piura.
ESCRIBIR LA HISTORIA DEL DERECHO, EL DELITO Y EL CASTIGO EN AMERICA LATINA
Este ensayo articula y pone de manifiesto los cambios que experimentaba, la investigación ligada a la historia del delito y el derecho en las últimas dos décadas del siglo XX, y conceptualiza claramente una escuela o campo de estudios agrupable bajo la etiqueta de la “historia social y cultural del derecho” en la región Latinoamericana. Revela la genealogía intelectual de este campo con sus raíces europeas y norteamericanas, y aísla la especificidad que reviste el estudio de esta materia en América Latina.
Eva Guillorel. La memoria del crimen. Endechas de tradición oral, justicia y sociedad en la Bretaña de Antiguo Régimen
Las endechas en lenguaje bretón, que han sido recogidas a partir de la tradición oral, constituyen un corpus abundante y mal conocido para el estudio de las relaciones entre justicia y sociedad en la época moderna. Desde el siglo XIX las endechas han sido recuperadas gracias a cantantes provenientes de medios rurales, con frecuencia humildes, y ellas han preservado el recuerdo de faits divers locales que ocurrieron entre el siglo XVI y el siglo XVIII. El tema de la criminalidad es omnipresente en estas canciones, que en su mayoría relatan homicidios y atentados al honor femenino. La confrontación entre estas fuentes, procedentes de la oralidad, y los archivos escritos de la época moderna –en particular los procesos criminales– permite distinguir dos discursos diferentes y complementarios sobre la sociedad bretona del Antiguo Régimen.
Rosalind Watkiss Singleton “¿CRIMEN? NO, NO FUE REALMENTE UN CRIMEN”: UTILIZAR HISTORIA ORAL Y LAS MEMORIAS PARA ENSEÑAR HISTORIA DEL CRIMEN
Este artículo sugiere que las entrevistas orales, las autobiografías y las memorias proporcionan una nueva perspectiva para la enseñanza de la historia del crimen. El testimonio oral puede ampliar las fuentes tradicionalmente utilizadas para este propósito, otorgando perspectivas originales relativas a las actitudes populares respecto de las actividades y comportamientos criminales. Mediante el uso de entrevistas, ya sean generadas por los estudiantes o tomadas de archivos existentes de historia oral, las palabras y opiniones de los perpetradores, de las víctimas y del público en general permitiría a los estudiantes e investigadores complementar evidencias existentes como una manera de mejorar tanto su comprensión crítica de los patrones de comportamiento, como los desarrollos internos de la sociedad.
Giacomo Todeschini, «Introducción de Visibilmente crudeli. Malviventi, persone suspette e gente qualunque dal Medioevo all’ età moderna»
Este texto corresponde a la introducción del libro de Giacomo Todeschini, Visibilmente crudeli. Malviventi, persone suspette e gente qualunque dal Medioevo all’ età moderna (Il Mulino, Boloña, 2007). La Revista Historia y Justicia agradece a Giacomo Todeschini su generosidad al haber autorizado la traducción de su texto al español. También agradece la autorización de traducción y publicación otorgada por Paola Pecchioli, de la Società Editora Il Mulino. Una traducción posible al español del título del libro es Visiblemente salvajes. Malvivientes, personas sospechosas y gente común de la Edad Media a la edad moderna.
Déborah Cohen, «Saber pragmático de la policía y pruebas formales de la justicia: dos modos de aprehender el crimen en el París del siglo XVIII»
El artículo “Savoir pragmatique de la police et preuves formelles de la justice: deux modes d’appréhension du crime dans le Paris du XVIIIè siècle”, galardonado con el premio Herman Diedericks 2007, fue publicado en Crime, Histoire et Sociétés / Crime, History & Societies, vol. 12, n° 1, 2008, p. 5-23. La Revista Historia y Justicia agradece a Déborah Cohen la autorización de traducción de su artículo; y a René Lévy (director académico de dicha revista) y a Librairie Droz, Ginebra (casa editorial que asegura su publicación en papel) la autorización para publicarla. Desde el 1° de abril de 2011 dicho artículo está disponible en http://chs.revues.org/62
Francoise Briegel, “Ser detenido en la propia morada: la prisión doméstica en Ginebra bajo el Antiguo Régimen”
El artículo “Être détenu en sa demeure: la prison domestique à Genève sous l’Ancien Régime” está publicado en Benoît Garnot & Bruno Lemesle (Dirs.), Autour de la sentence judiciaire du Moyen Âge à l’époque contemporaine, Dijon, Éditions Universitaires de Dijon, 2012, p. 79-89. La Revista Historia y Justicia agradece a Fraçoise Briegel su generosidad al haber autorizado y apoyado personalmente la traducción de su artículo. También agradecemos la inmediata autorización de traducción y publicación otorgada por Hervé Duchêne, Director de Éditions Universitaires de Dijon.
Simona Cerutti, «El derecho de advenia y la construcción de los «extranjeros» en la época moderna (Estado de Saboya, siglo XVIII)». Traducción de «Le droit d’aubaine et la construction des ‘étrangers’ à l’époque moderne (Etat savoyard, XVIIIè siècle)»
El artículo “Le droit d’aubaine et la construction des ‘étrangers’ à l’époque moderne (Etat savoyard, XVIIIè siècle)” está publicado en Lemesle, B. & Nassiet, M. (Eds.), Valeurs et justice. Ecarts et proximités entre société et monde judiciaire du Moyen Âge au XVIIIè siècle, Rennes, Presses Universitaires de Rennes, 2011, p. 159-176. La Revista Historia y Justicia agradece a Simona Cerutti su generosidad al haber autorizado, apoyado y acompañado personalmente la traducción de su artículo. También agradecemos la inmediata autorización de traducción y publicación otorgada por Pierre Corbel, Director de Presses Universitaires de Rennes.
Natalie Zemon Davis: “El historiador y los usos literarios”. Traducción de “The Historian and Literary Uses”, Profession, 2003, p. 21-27
El artículo «The Historian and Literary Uses», de la historiadora norteamericana Natalie Zemon Davis (1928), fue publicado en inglés por la revista Profession (Modern Language Association) en Nueva York en el año 2003. Escrito para un dossier titulado «Literary Engagements», la autora abordó en él, desde una perspectiva personal y enraizada a su trabajo historiográfico, la influencia de la literatura en la labor interpretativa de los historiadores. La Revista Historia y Justicia agradece a Natalie Zemon Davis su generosidad al haber autorizado, apoyado y acompañado personalmente la traducción de su estudio, que ofrecemos en el primer número de la publicación.